jueves, 14 de abril de 2016

Sentencia del Tribunal Constitucional que Anuló la Prohibición de Matrimonio de la Mujer Divorciada antes de los Diez Meses

     En una sentencia de fecha 16 de Abril del año 2015 el Tribunal Constitucional declaró no conforme con la Constitución la prohibición establecida en el artículo 35 de la ley 1306-Bis, sobre Divorcio, por el cual se impedía que la mujer divorciada contrayera nuevo matrimonio antes de los diez meses luego de haberse divorciado. Tal impedimento tuvo su base sobre la presunción de paternidad establecida en el Código Civil dominicano, según el cual los hijos nacidos de una mujer casada se presumen pertenecer a la paternidad de su esposo, y con la finalidad de evitar controversias en materia de paternidad. Por ejemplo, si una mujer concibiera en el ínterin de una separación y un nuevo casamiento, podría darse una confusión sobre la paternidad del menor que le nace. Diez meses cubrirían suficientemente el tiempo de gestación y parto, y salvaguardaría la presunción de paternidad sobre el antiguo esposo. La finalidad del artículo de la ley era evitar esos inconvenientes y trastornos sociales, y más que nada, cuidar de tales situaciones al menor. La excepción al impedimento en la ley era si la mujer se casaba nuevamente con el hombre del cual se había divorciado en ese intervalo de tiempo. El Tribunal Constitucional analizó el principio de razonabilidad en la sentencia, y entendió que para los fines a los cuales fue creado en 1937 no cumple cu cometido en el momento actual, ya que existen medios eficaces puestos a disposición por la ciencia y la justicia para establecer fehacientemente la paternidad, como lo es la prueba por excelencia, la del ADN. Así que interpretó el artículo de la ley como no conforme con la Constitución en su artículo 38 sobre la igualdad y en su artículo 7 sobre la dignidad de la persona. Para leer íntegra la sentencia del Tribunal Constitucional puede dirigirse a este link:        http://www.tribunalconstitucional.gob.do/sites/default/files/documentos/Sentencia%20TC%200070-15%20C.pdf