viernes, 23 de octubre de 2015

Etiende la Suprema Corte de Justicia dominicana que del contador para dentro de la casa lo que suceda con la electricidad es responsabilidad del usuario y que cualquier incidente que ocasione un daño debe demostrarse la causa y responsabilidad de la empresa que distribuye la energía para que haya sentencia de daños y perjuicios. Voto disidente con el que estoy de acuerdo, el magistrado Francisco Antonio Jerez Mena. Esta es la sentencia: http://poderjudicial.gob.do/documentos/PDF/sentencias_destacadas/SD_sentencia_del_22_de_octubre_de_2014.pdf